miércoles, 1 de junio de 2011

Nueva prorroga al plazo para que Sociedades Mercantiles existentes modifiquen sus pactos sociales

Mediante decreto No. 708 del 5 de mayo de 2011, los diputados de la Asamblea legislativa ha emitido  una nueva prorroga al plazo para que Sociedades Mercantiles existentes modifiquen sus pactos sociales de conformidad a la reformas introducidas mediante D.L. No. 641, del 12 de junio de 2008, D.O. No. 120, Tomo No. 379, del 27 de junio de 2008; el nuevo plazo llegará hasta el 31 de diciembre del dos mil once. Como se detalla a continuación:

Decreto Legislativo No. 708
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que la Constitución de la República en su Art. 102 inciso segundo, establece que el Estado fomentará y protegerá la iniciativa privada dentro de las condiciones necesarias para acrecentar la riqueza nacional y para asegurar los beneficios de ésta al mayor número de habitantes del país;

II. Que mediante Decreto Legislativo N°. 671, de fecha 08 de mayo de 1970, publicado en el Diario Oficial N°. 140, Tomo N°. 228, del 31 de julio del mismo año, se emitió el Código de Comercio;

III. Que el 12 de junio de 2008, por medio de Decreto Legislativo N°. 641, publicado en el Diario Oficial N°. 120, Tomo N°. 379, del 27 junio de ese mismo año, se aprobaron Reformas al Código de Comercio, habiéndose establecido en las disposiciones transitorias, un plazo de dos años a partir de la vigencia del Decreto en referencia, para adecuar los pactos sociales de conformidad a las reformas aprobadas;

IV. Que mediante Decreto Legislativo N° 381 de fecha 10 de junio del año 2010 publicado en el Diario Oficial N°119, Tomo N° 387 de fecha 25 de junio del mismo año, se dio un plazo hasta el 31 de mayo de 2011 para adecuar los pactos sociales a las reformas aludidas en el considerando anterior;

V. Que a la fecha y a días de vencerse el término a que se hace referencia en el considerando anterior, muchas empresas, sobre todo pequeños y micros, no han podido cumplir con la obligación antes señalada por causas diversas, por lo que es conveniente apoyar a este sector, reformando el Art. 85 disposición transitoria del Decreto Legislativo N° 641 referido en el considerando III, ampliándoles el plazo hasta el 31 de diciembre del 2011, en su proceso de modificación de los pactos sociales.

POR TANTO:

En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados y Diputadas
DECRETA, la siguiente:

REFORMA A LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA DEL DECRETO LEGISLATIVO N°. 641, DE FECHA 12 DE JUNIO DE 2008 PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL N° 120, TOMO 379 DEL 27 DEL MISMO MES Y AÑO.

Art. 1.-
Refórmese el Art. 85, inciso primero, Disposiciones Transitorias, de la siguiente manera:

Art. 85.- Las Sociedades Mercantiles existentes, tendrán hasta el 31 de diciembre del dos mil once, para adecuar sus pactos sociales de conformidad con las presentes reformas y en los casos que sea necesario. Las modificaciones respectivas deberán ser inscritas en el Registro de Comercio”.

Art. 2.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial.



DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los cinco días del mes de mayo del dos mil once.


OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE


CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA
PRIMER VICEPRESIDENTE


GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE


JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
TERCER VICEPRESIDENTE


ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
CUARTO VICEPRESIDENTE


FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE


LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
PRIMERA SECRETARÍA


CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
SEGUNDO SECRETARIO


 ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO
TERCER SECRETARIO


 ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
CUARTO SECRETARIO


 QUINTA SECRETARIA


 IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
SEXTA SECRETARIA


 MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
SÉPTIMO SECRETARIO 


(*) El presente decreto será publicado en el Diario oficial No. 99, Tomo No. 391, del 30 de mayo de 2011.

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